Otro represor a cárcel común por violar el arresto domiciliario

Catalina-de-Sanctis-OvandoLe suspendieron el arresto domiciliario a otro acusado que debía estar en un geriátrico.

El Tribunal Oral Federal de La Plata revocó la prisión domiciliaria de Carlos del Señor Hidalgo Garzón, mayor retirado que trabajó en inteligencia del Ejército. El acusado por delitos de lesa humanidad debía cumplir su arresto en un geriátrico, pero fue visto paseando en bicicleta.

El hecho ocurre pocos días después de que José Luis Magnacco, médico acusado de colaborar con delitos de lesa humanidad en la exESMA, perdiera también el beneficio de prisión domicialiaria tras ser fotografiado paseando por el shopping porteño Patio Bullrich.

Hidalgo Garzón está acusado 127 hechos durante la última dictadura militar, entre ellos de apropiarse de una niña nacida en cautiverio, privación ilegal de la libertad agravada y torturas, en el centro clandestino La Cacha. Por ello cumplía prisión domiciliaria en el Geriátrico Belgrano, ubicado en Aguilar al 2400 de dicho barrio porteño.

El 16 de enero pasado fue visto andando en bicicleta por el cruce de la avenida Libertador y la calle Ortega y Gasset. Lo asegura Catalina de Sanctis Ovando, quien se crió con el acusado y su esposa hasta que descubrió que había nacido en Campo de Mayo y su madre estaba desaparecida.

«El lugar donde fue visto está a 20 cuadras del Geriátrico Belgrano, establecimiento en el que se encuentra cumpliendo detención domiciliaria, lo que claramente implica una infracción al instituto en cuestión», sostuvo la denunciante, en una presentación judicial. Luego aseguró que volvió a verlo el domingo 20 del enero «en el mismo lugar que la oportunidad anterior, en bicicleta y esta vez sin casco».

Un juez fue al geriátrico, y tras constatar anomalías, la Fiscalía opinó que «no existen razones para que el imputado continúe gozando del beneficio de prisión domiciliaria». Por eso los jueces Pablo Jantus, Pablo Vega y Carlos Rozanski decidieron revocar su beneficio y alojarlo en el penal de Ezeiza.

Para los magistrados, hubo «una importante negligencia de parte del Juzgado de Instrucción actuante» e «irregularidades que no es posible pasar por alto». «Ni en la parte externa ni en la interna de la casona donde funciona el geriátrico había personal alguno de seguridad», ni empleado «administrativo, ni de enfermería, ni médico» sino solo una chica que se presentó como «colaboradora», señalaron.

«Es evidente que un detenido acusado de graves crímenes y con diagnóstico psiquiátrico no puede de modo alguno estar alojado en un lugar», consideraron los jueces porque «se encuentran en juego tanto la seguridad de terceros, en este caso las ancianas que deambulan por la casona, y la propia colaboradora, portadora aparentemente de la única llave de acceso del edificio».

«Un detenido por delitos de lesa humanidad no puede recibir un distrato en relación a los detenidos por delitos comunes, tampoco puede, jamás, ser beneficiado de una manera tan grotesca y riesgosa por un juez de la Nación», opinó Rozanski.

El fallo, difundido por la agencia DyN, también sostuvo que «no se puede pasar por alto que el nombrado ni siquiera ha alcanzado la edad prevista» para recibir el beneficio ni «tampoco presenta un cuadro de salud de magnitud alguna» que lo justifique.

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