Modificaron los reglamentos para la selección y la acusación de los jueces

reunión-Consejo-de-la-MagisEl Consejo de la Magistratura votó cambios en la última sesión del año que fueron formalizados hoy en el Boletín Oficial. Los cambios surgen después de la polémica por la Ley de Medios y el pedido de democratización del Poder Judicial.

El Consejo de la Magistratura dispuso numerosas modificaciones para sus sistemas de funcionamiento en lo que hace a la elección de jueces, su acusación para remoción y los tiempos máximos para el tratamiento de expedientes.

La decisión de impulsar estas reformas se tomó en medio de los cuestionamientos que el gobierno nacional realizó a la Justicia en general y a dicho órgano en particular luego de distintos reveses, demoras y chicanas judiciales en la causa impulsada por el grupo Clarín contra la desinversión dispuesta por la Ley de Medios.

En lo que respecta al concurso de magistrados, la nueva modificación establece la utilización de un concurso múltiple para cuando «exista más de una y hasta cinco vacantes para la misma función, sede y especialidad».

«Una vez producidas nuevas vacantes con posterioridad al llamado a concurso, la Comisión resolverá la acumulación a un concurso en trámite con el límite previsto en el párrafo anterior. Excepcionalmente, la Comisión determinará por resolución fundada la acumulación de vacantes que excedan el máximo señalado. En el caso de acumulación de cargos, el número de postulantes que participarán en la entrevista personal con la Comisión, según lo establecido en el artículo 40, se ampliará en al menos uno (1) por cada vacante adicional a cubrir», establece la resolución 181.

De darse esta situación, el Consejo deberá definir una terna de candidatos y elevársela al Poder Ejecutivo con otra «lista complementaria integrada por un número de postulantes igual al de vacantes adicionales».

Por otra parte, la resolución 196 dispone modificar el Reglamento de la Comisión de Disciplina y Acusación de magistrados. De acuerdo a la nueva reforma, «en caso que a un magistrado denunciado se le acepte la renuncia al cargo, tanto en condición de juez titular como de subrogante, convocado o como juez ad hoc, la Comisión, mediante dictamen circunstanciado, declarará abstractas las actuaciones y recomendará su archivo«.

Además, se cambió el reglamento general de funcionamiento del Consejo de la Magistratura para establecer un plazo máximo de cuatro meses «sin posibilidad de postergación» para la consideración de dictámentes. «En caso contrario, si no hubiera dictámenes para su consideración, o si los mismos no reunieran la cantidad de votos requeridos legalmente para su aprobación, el Plenario resolverá el archivo de las actuaciones», aclara la resolución 181.

Según se publica este jueves en el Boletín Oficial con la firma del presidente Manuel Urriza, las reformas fueron decididas en la reunión que mantuvieron los integrantes del Consejo de la Magistratura el jueves pasado. Sin embargo, en la síntesis oficial de prensa de ese día nada se informó al respecto.

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