Más controles en la compra y venta de autos y motos

La Unidad de Información Financiera (UIF) estableció que los dueños deberán presentar una declaración jurada para justificar los fondos. Rige para usados y nuevos. Hasta ahora regía para compras de más de 50 mil pesos.

Independientemente del monto, las personas deberán presentar una declaración jurada cada vez que se compren un auto o una moto. El Gobierno publicó hoy la disposición 197 y estableció que también deberán informar su profesión y su lugar de trabajo. Hasta ahora, estaban obligadas a presentar una declaración jurada cuando el valor de la adquisición superara los 50 mil pesos.

 

El Gobierno publicó, a través de la Subdirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor, que las personas deberán presentar una declaración jurada cada vez que se compren un auto o una moto. El organismo que depende del Ministerio de Justicia explicó que la disposición 197 sirve para combatir el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo.

 

La medida entró en vigencia el primero de abril, a pesar que se publicó hoy en el Boletín Oficial. La disposición establece que las personas físicas siempre deberán presentar una declaración jurada ante el Registro de Propiedad Automotor, independientemente del monto de la compra. Hasta ahora, las personas que compraban algunos 0 KM que costaban menos de 50 mil pesos, como el Fiat Uno o el Suzuki Fun de tres puertas, no tenían que realizar este trámite.

 

Las concesionarias se encargaban de actuar como intermediarios entre el Registro de Propiedad Automotor y el cliente cuando el valor del vehículo superaba los 50 mil pesos. Certificaban la declaración jurada y después transferían la información al Registro Automotor. Ahora, deberán hacerlo con todas las operaciones y los compradores recibirán una constancia que la concesionaria presentó la documentación ante el organismo público.

 

Los compradores de autos usados o de motos tendrán que realizar el mismo procedimiento. En caso que la transacción se haga a través de una concesionada, la compañía actuará como una intermediara. Mientras que si es entre particulares, deberán dirigirse al Registro Automotor.

 

Las personas también deberán brindar más datos a la hora de comprarse un vehículo. Antes tenían que dar su número de documento, de CUIT o CUIL, domicilio y estado civil. Ahora, según la información que se desprende del Boletín Oficial, tendrán que informar su profesión, lugar de trabajo, lugar de nacimiento, número de teléfono y correo electrónico.

 

En caso que los compradores se rehúsen a brindar información, el Registro Automotor notificará a la Unidad de Información Financiera (UIF) y el organismo dirigido por el economista José Sbatella iniciará una investigación.

 

La UIF ya aplicó distintas medidas similares durante los últimos meses para combatir el lavado de dinero. La mayoría comenzaron a aplicarse desde que Sbatella asumió su cargo y para evitar sanciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) porque Argentina no combate el lavado. Por ejemplo, a mitad de febrero aprobó una resolución para combatir maniobras en operaciones inmobiliarias. En febrero también publicaron una normativa para que los operaciones del mercado de capitales exijan una declaración jurada cuando las transacciones superen los 40 mil pesos.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *