Lomas de Zamora:Un Juez de Garantías defendió el derecho de familiares para acusar

El Juez que en forma inédita imputó a un hombre del homicidio de su pareja embarazada por violencia doméstica, sin que el Fiscal lo haya pedido, defendió el derecho de los familiares de las víctimas a reclamar esa medida en base a su interpretación del Código Procesal Penal bonaerense.

Se trata del Juez de Garantías de Lomas de Zamora Gabriel Vitale, que esta semana dio impulso al caso de Fátima Catán (24), quien en agosto de 2010 murió luego de ser quemada en su casa de la localidad Villa Fiorito, en la zona sur del conurbano. Según explicó el magistrado, le imputó a Mario Santillán (32), pareja de la víctima, “homicidio en el contexto de violencia familiar” en base a la ley 12.569 que rige en territorio bonaerense para esos casos, luego de que a un año y cuatro meses del hecho el Fiscal Ramiro Varangot mantuviera la calificación de “averiguación de causales del muerte”. “Es novedoso desde el punto de vista de que adopté esta decisión en base a un pedido del particular damnificado. Con esto, se abren nuevas miradas para los familiares que no encuentran respuesta por parte del fiscal”, afirmó el juez sobre el planteo del abogado querellante Gabriel Juricich.

En el fallo, que trascendió ayer, el magistrado expuso que “el particular damnificado es una figura coprotagonista, a la par de la labor del titular de la acción (el Fiscal)” y según el artículo 6 del Código Procesal sus peticiones “habilitarán al Juez o Tribunal a abrir o continuar el juicio, a juzgar y a condenar “. Respecto de su decisión de imputar el delito sin previo requerimiento del Fiscal, como prevé el Código, Vitale recordó que, por ejemplo, el artículo 334 bis da facultades al particular damnificado de continuar una causa cuando hay un pedido de sobreseimiento por parte del Ministerio Público. “En la provincia de Buenos Aires lo que ocurrió es que con las últimas modificaciones, el particular damnificado puede acusar en un juicio aunque no lo haga el fiscal y lograr una condena y también pedir la elevación a juicio. Es una interpretación que yo realizo, pero si pueden pedir eso, ¿cómo no van a poder pedir la imputación de una persona?”, planteó. Consultado sobre si la decisión generó polémica en el ámbito académico, aseguró que “la discusión es feroz porque hay algunos jueces muy garantistas que dicen que esto va contra los derechos del imputado”. “Pero desde el caso Bulacio en adelante hay un reposicionamiento de la víctima que la hace equilibrar fuerzas con el imputado y le da posibilidades de pedir lo mismo”, sostuvo el juez en alusión al caso del joven Walter Bulacio, muerto en una comisaría en 1991 cuando estaba por entrar a un recital de Los Redonditos de Ricota. En ese caso, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) reclamó al Estado argentino la obligación de “garantizar el derecho a la justicia de las víctimas”. Según Vitale, el Fiscal no solicitó ninguna medida tras su decisión y dijo que “se planteará una nueva discusión si el particular damnificado pide la detención” del imputado.

El 27 de diciembre próximo se hará la reconstrucción del hecho con la presencia del acusado, quien ya fue notificado, y los bomberos efectuarán un peritaje para intentar determinar cómo fueron los hechos. En tanto, médicos y enfermeros que asistieron a la joven declararon que Fátima dio dos versiones: que se prendió fuego mientras fumaba, cuando se frotó con alcohol porque le picaba el cuerpo, y que se quemó cuando manipulaba una botella con ese líquido. Otra médica sostuvo que por su experiencia se trató de una autoagresión.

Un comentario de “Lomas de Zamora:Un Juez de Garantías defendió el derecho de familiares para acusar

  1. hola soy hermana de carlos ruben miño q usted lleva la causa y como ago para poder llegar a usted para tener una charla

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