La Justicia rechazó un decreto municipal ante los «perjuicios que se podrían producir»

Ferraresi-conferenciaEl Juez Federal, Luis Armella, hizo prevalecer el «derecho a la vida» y el «derecho a la atención y asistencia sanitaria», ordenando al Intendente de Avellaneda, Jorge Ferraresi, que «en un lapso no mayor a 72 horas, suspenda los efectos del Decreto Municipal Nº 1416/2015» que cortó los códigos de descuentos de la Obra Social del Personal Municipal de Avellaneda, y «garantice la continuidad en la prestación de los servicios». La medida del Jefe Comunal «puso en riesgo la salud de cientos de afiliados, además de ser ilegal, arbitraria, y lesiva de los derechos de libertad sindical», denunciaron desde el gremio.
El Juez Federal de Quilmes, Dr. Luis Armella, hizo lugar a la demanda iniciada por el Sindicato de Trabajadores Municipales de Avellaneda (STMA) contra la Municipalidad de ese distrito, exigiendo que se «restituyan nuevamente los códigos de descuentos» por donde la Obra Social del sindicato percibe los aportes de los afiliados.
En el dictamen, el Juez Armella argumenta que «se trata de cuestiones vinculadas a la posible conculcación de derechos fundamentales constitucionalmente consagrados, tales como el derecho a la salud como desprendimiento del derecho a la vida, (…) por lo que resulta necesario intervenir sin demoras». Los perjuicios derivados del decreto 1416/2015, dictado por Jorge Ferraresi, «se encontrarían acreditados habida cuenta de la existencia de prestaciones que se hallan en curso de ejecución y cuyo cumplimiento resulta de imposible suspensión, entre ellas la compra de medicamentos», sostiene el magistrado.
Por otro lado, invocando diversos fallos de la Corte Suprema de Justicia, el titular del Juzgado Federal de 1º Instancia de Quilmes indica que «el derecho a la vida, más que un derecho enumerado en los términos del artículo 33 de la Constitución Nacional, es un derecho implícito, ya que el ejercicio de los derechos reconocidos expresamente requieren necesariamente de él. A su vez, el derecho a la salud, está íntimamente relacionado con el primero, y desde el punto de vista normativo, está reconocido en los Tratados Internacionales con rango Constitucional».
En este sentido, Armella justifica su intervención a raíz de que «dichas medidas precautorias se encuentran enderezadas a evitar la producción de perjuicios que se podrían producir en caso de inactividad del magistrado, y podrían tornarse de muy dificultosa o imposible reparación en la oportunidad del dictado de la sentencia definitiva». Por ello, afirma más adelante, «resulta imprescindible poner especial atención a la naturaleza del bien jurídico que se intenta preservar», y advierte que: «El peligro en la demora resulta implícito por la naturaleza del derecho en crisis, toda  vez que existe riesgo de producir un daño irreparable, circunstancia que exige la adopción de acciones positivas que aseguren la vigencia del derecho de los afiliados, entre otros, a acceder a la medicación así como a otras prestaciones asociadas a la salud en la forma en que lo venían haciendo, y ello así, en el marco de la garantía constitucional a una tutela judicial continua y efectiva».
Cabe destacar que la cuestionada decisión de Ferraresi de dar de baja los códigos de descuentos fue denunciada oportunamente por el gremio que lidera Rubén ‘Cholo’ García como «ilegal, arbitraria, y lesiva de los derechos de libertad sindical». Sin embargo, durante el período que la medida cautelar cursaba en los estrados de la Justicia, la Obra Social «logró mantener vigente las prestaciones a sus afiliados, aunque se hacía inminente, de no contar con una resolución favorable de forma inmediata, la crisis del sistema de salud y su consiguiente colapso», prevenían desde la organización sindical. Días atrás, ya habían comenzado a trascender algunos casos de afiliados con «patologías complejas» que preveían un futuro incierto en su acceso a la medicación y el evidente deterioro de la su salud.
Por esa razón, el Juez Federal resolvió dar lugar a la demanda del STMA y obligó al Intendente Municipal de Avellaneda, Jorge Ferraresi a que «suspenda, en el plazo de setenta y dos (72) horas, los efectos de la aplicación del Decreto Municipal Nº 1416/2015 y disponga la continuidad de los códigos de descuento otorgados al Sindicato de Trabajadores Municipales de Avellaneda, dejando en plena vigencia el Decreto 2787/2012, garantizando la continuidad en la prestación de los servicios de la Obra Social del Personal Municipal de Avellaneda».
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