La Justicia dice que no se puede obligar a cortar el cabello a los presos

Chaban-barbudoLa Justicia federal consideró que el Servicio Penitenciario Federal (SPF) no puede obligar a un detenido bajo su custodia a cortarse el pelo, salvo que ello signifique una alteración en las reglas de higiene que rigen en las cárceles.

Así lo resolvió la Sala III de la Cámara Federal de La Plata, al hacer lugar a un habeas corpus presentado por un preso, quien aseguró que un guardiacárcel del SPF le había advertido: «tenés que cortarte el pelo, si no lo hacés te lo mando a cortar, o más, lo hago yo mismo y en consecuencia vas a ser sancionado».

En su resolución, los camaristas Carlos Nogueira y Carlos Vallefín ordenaron al director del Complejo Penitenciario Federal a que «se abstenga de obligar a cortarse el pelo» al preso, «e instruya a todo el personal a su cargo en el mismo sentido».

A su vez, señalaron que en caso de que el cabello, por su extensión o falta de limpieza, afectara las normas de higiene, «deberá comunicar» la situación «al titular del Juzgado Nacional de Ejecución Penal» que interviene en la causa.

«Lo atinente al largo del cabello de las personas detenidas en el ámbito del Servicio Penitenciario Federal es considerado parte de su esfera de autodeterminación y ajeno, en principio, a la injerencia de los responsables del Servicio», indicaron los camaristas.

Los jueces invocaron jurisprudencia de la Corte que revocó «la orden de un comisario de cortar el cabello de un detenido, fundada en razones genéricas de higiene, pese a su disconformidad».

También recordaron que la resolución 685 del Ministerio de Justicia de la Nación dejó sin efecto la obligación de los presos de afeitarse la barba y el bigote.

Por su parte, el camarista Antonio Pacilio, tercer integrante de la Sala, votó en disidencia.

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