La Corte Suprema anuló la condena a una mujer que mató a su esposo

El Máximo Tribunal revocó la sentencia porque la mujer había sido víctima de reiteradas situaciones de violencia de género y esa condición –constatada por distintas pericias- no había sido contemplada durante el juicio, que la condenó a 12 años de prisión. 

Según el Centro de Información Judicial (SIJ), la Corte Suprema de Justicia de la Nación sostuvo que al dictar la condena contra María Leiva, los Jueces no tuvieron en cuenta elementos probatorios esenciales vinculados a diversos antecedentes de violencia doméstica y a las condiciones psíquicas de la imputada.

El fallo de la Corte fue firmado por el presidente del tribunal Ricardo Lorenzetti, Elena Highton, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay.

Highton y Argibay marcaron como una contradicción de la sentencia anulada que, para descartar un supuesto de legítima defensa, considerara que por permanecer la imputada en el domicilio en que convivía con su pareja, concluyó que se sometió libremente a una hipotética agresión ilegítima.

Según constancias de la causa el 3 de junio de2005 M.C.L. mató a su pareja y padre de sus hijos de un puntazo con un destornillador en la zona del tórax.

La defensa protestó también porque los tribunales locales minimizaron la cuestión vinculada al estado emocional de la imputada.

La Procuración General de la Nación recordó que distintas lesiones que la mujer dijo haber sufrido durante la convivencia con su pareja fueron verificadas por el médico legista.

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