La Corte confirmó la cautelar sobre la ley de medios y concedió 2 años al juez

El máximo tribunal judicial del país resolvió esta mañana ratificar la medida cautelar que suspende la aplicación del artículo 161 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual -que es la cláusula antimonopólica- y le concedió dos años de plazo al juez federal Edmundo Carbone para resolver sobre la cuestión de fondo.
Fuentes judiciales informaron que esta mañana la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en medio de la polémica abierta con el Gobierno, resolvieron por unanimidad ratificar la medida cautelar dispuesta por el juez de primera instancia Edmundo Carbone, que suspende la aplicación del artículo 161 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Ese punto de la nueva legislación es el que otorga un plazo de un año para que las empresas que superan la penetración máxima permitida en cada jurisdicción, se desprendan de esas empresas y se ajusten a derecho.

Además de suspender su aplicación, que es lo que reclamaban los grandes grupos mediáticos, la Corte le otorgó un plazo de 2 años al Juez original de la causa para que resuelva la cuestión de fondo.

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