La Cámara confirmó los procesamientos y anuló el sobreseimiento al maquinista

accidente-línea-Sarmiento,-OnceLa Cámara Federal porteña acusó por «estrago culposo y administarción fradulenta» a los ex secretarios de Transporte de la Nación  Ricardo Jaime y Juan Pablo Schiavi y a los empresarios Claudio y Mario Cirigliano, por la tragedia de Once.

En una extensa resolución, los camaristas de la Sala II revocaron además el sobreseimiento al ex interventor de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, Antonio Sícaro, y lo procesaron por iguales delitos que al resto de los ex funcionarios y empresarios con embargos preventivos por 600 millones de pesos sin prisión preventiva, según el texto.

Córdoba quedó procesado por «estrago culposo» con un embargo de 200 millones de pesos mientras que la Cámara instó al Juez Claudio Bonadio a enviar el caso a juicio oral.

En el caso de todos los ex funcionarios, los camaristas Horacio Cattani, Eduardo Farah y Martín Irurzun agravaron las calificaciones dispuestas en primer momento por Bonadio, quien los había procesado por «incumplimiento de deberes y abuso de autoridad», figuras más leves.

El tribunal de apelaciones equiparó su culpa a la de los empresarios que tuvieron la concesión del ferrocarril: todos quedaron acusados por «estrago culposo y administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública».

Se trata de Jaime, Schiavi, el ex subsecretario de Transporte Ferroviario, Antonio Luna, y los ex titulares de la CNRT, Pedro Ochoa Romero y Antonio Sícaro.

Además se ordenó a Bonadío que cite a declaración indagatoria a quienes ocuparon la Secretaría y Subsecretaría de Transportes de la Nación desde el inicio de la concesión del ex ferrocarril Sarmiento a manos de la empresa TBA.

«En este momento del proceso existen suficientes elementos que permiten afirmar que el fatídico suceso no fue más que producto de la indiferencia con que se comportaron, por distintos motivos, todos aquellos que intervinieron, de una u otra forma, en la operación del servicio de transporte ferroviario de pasajeros», sentenciaron los camaristas.

Sobre Jaime, Schiavi y Luna, la Cámara entendió que si bien el control de las condiciones del servicio estaba a cargo de la CNRT, «el órgano de aplicación e interpretación del Contrato de Concesión era la dependencia en la cual prestaban funciones».

«No caben dudas en cuanto a que los nombrados se encontraban en cabal conocimiento de los términos contractuales y de las graves deficiencias que rodeaban la prestación del servicio por parte de Trenes de Buenos Aires S.A., pese a lo cual permitieron su continuidad sin adoptar medida alguna tendiente a modificar la vergonzosa realidad», agregó el fallo.

Y se advirtió que «mientras las falencias se incrementaban, fueron autorizándose y ampliándose los conceptos de los subsidios otorgados a la prestataria aún cuando, en muchas ocasiones, la documentación acompañada no resultaba suficiente para autorizar las erogaciones».

«Los funcionarios estaban en conocimiento de las deficiencias apuntadas por la Auditoría General de la Nación, no sólo referidas a la precaria situación del material rodante e infraestructura sino también relativas a las sumas transferidas a TBA en concepto de subsidios por costos de explotación, y sin perjuicio de ello continuaron con su accionar delictivo», agregó el fallo.

Para la Cámara, los «constantes aumentos de las sumas otorgadas» no se vieron reflejados en una mejora del servicio y «sólo quedó en evidencia un severo deterioro en todos los aspectos que hacían a la prestación».

Ante ese panorama «ha quedado demostrada, de ese modo, la contribución de Jaime, Schiavi y Luna a los hechos analizados merced al desapego y total ausencia de atención a la forma en que eran mantenidos los bienes concesionados y al modo en que se prestaba el servicio y se velaba por la propia seguridad de los usuarios».

A los dueños y directivos de TBA y Cometrans, se les confirmó el procesamiento pero se los benefició al revocarse la figura de «asociación ilicita» usada por Bonadio y al bajar de «doloso» (con intención) a culposo el encuadre de lo ocurrido.

Los jueces advirtieron que había «informalidad» en la forma en que se enviaban las formaciones y que el «estado deficitario del servicio» había sido observado desde el principio por la Auditoría General de la Nación.

«Sin perjuicio de que las graves falencias apuntadas eran incluso asequibles por todos, el directorio de Trenes de Buenos Aires S.A. permanecía ajeno a las vicisitudes propias de la explotación del servicio, pese a que esta última era la propia razón de su existencia», se agregó.

Pero las pruebas reunidas «no ponen de manifiesto la existencia de un designio delictivo por parte de los aquí imputados para hacer descarrilar un tren, sino más bien una administración fraudulenta de los recursos materiales puestos a disposición de Trenes de Buenos Aires S.A. para el desarrollo de la operación del sistema ferroviario que implicaron la desatención de los objetivos primarios de la concesión y que derivaron en las consecuencias típicas que siguieron al choque».

«No caben dudas en cuanto a que tal realidad fue consecuencia del desmanejo de los bienes públicos concesionados cuya conservación y custodia les fuera contractualmente confiada a la par que se incrementaba el deterioro de los bienes públicos entregados y aumentaban los costos de explotación -con la consecuente mayor erogación a cargo del Estado-, crecían los dividendos percibidos por los accionistas de Cometrans S.A». afirmó el fallo.

Los empresarios «han interactuado siguiendo un mismo designio criminal, siendo el rédito económico el único objetivo que, como tal, fue antepuesto en desmedro de las obligaciones contraídas al asumir la operación de la línea Sarmiento, contribuyendo de tal forma a la producción del resultado dañoso e ilícito verificado la mañana del 22 de febrero de 2012».

La Cámara revocó la figura de «asociación ilícita» porque la parte de la causa vinculada a las irregularidades en el manejo de los subsidios entregados por el Estado, sobre lo que se basó Bonadio para imputar esa figura, fue girada el 21 de diciembre pasado a otro juzgado, el federal 2 a cargo de Sebastián Ramos, por lo cual deberá ser resuelta en esa instancia.

En el fallo se ratificó además el procesamiento parcial del equipo gerencial y directivo de TBA y Cometrans, también agravando las figuras penales.

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