Hasta 500 mil pesos de multa a quienes vendan alcohol a menores de 18 años en territorio bonaerense

  Las nuevas penalidades fueron oficializadas con la promulgación en el Boletín Oficial de la Ley 14.969, que modifica el artículo 3 de la norma que regula la venta de bebidas alcohólicas y prohíbe su comercialización a menores de 18 años.

El gobierno bonaerense endureció las multas a comerciantes que vendan bebidas alcohólicas a menores de 18 años, que a partir de ahora podrán llegar a pagar hasta 500 mil pesos por incurrir en esta falta.

Las nuevas penalidades fueron oficializadas con la promulgación en el Boletín Oficial de la Ley 14.969, que modifica el artículo 3 de la norma que regula la venta de bebidas alcohólicas y prohíbe su comercialización a menores de 18 años.

La nueva legislación dispone elevar el monto de las multas al valor equivalente de cinco a 50 salarios mínimo vital y móvil (MVM), que a valores actuales representan entre 50 mil y 500 mil pesos. Hasta esta actualización, las penalidades iban de 10 mil a 100 mil pesos, por lo que la decisión implica quintuplicar los montos exigibles a quienes infrinjan la ley.

Por otro lado, la ley mantiene las penas de clausura de locales y establecimientos de 30 a 180 días, y de arrestos de 30 a 90 días a los responsables de los comercios que vendan bebidas a menores.

La Ley 11.748 prohíbe en todo el territorio bonaerense la venta, expendio o suministro de bebidas alcohólicas de cualquier tipo y graduación, en cualquier hora del día, a menores de edad.

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