Cortes de luz e indemnización- Un reclamo a la luz de las velas

cortes-de-luz-protestas2Las empresas tienen sus abogados y conocen sus derechos. ¿Vos conocés los tuyos?

«Los …usuarios de bienes y servicios tienen derecho … a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno.  Las autoridades proveerán a la protección de esos derechos, … al de la calidad y eficiencia de los servicios públicos… », constitución nacional (art. 42).

Quién es quién en el mercado eléctrico

Edenor y Edesur son las empresas privadas que tienen la concesión para distribuir (por eso la ley las llama “distribuidoras”) en la Ciudad de Buenos Aires.  Edelap lo hace en La Plata y algunos otros puntos de la Provincia (mapa completo con prestador según región, acá. Cada Provincia tiene su concesionaria. Para saber cuál es la tuya, lo más fácil es fijarte en la factura de luz. La ley que las regula está acá.  Es importante esta parte del Reglamento para que no te pasen por encima. El ENRE es el organismo que debería encargarse de controlar el sistema, según dice la ley, igual el Ministerio de Planificación.

¿Cuáles son tus derechos como usuario del servicio eléctrico?

Entre otros, la Ley dice que “[l]os distribuidores serán responsables de atender todo incremento de demanda en su zona de concesión a usuarios finales, por lo que deberán asegurar su aprovisionamiento… No podrán invocar el abastecimiento insuficiente de energía eléctrica como eximente de responsabilidad por el incumplimiento de las normas de calidad de servicio que se establezcan en su contrato de concesión.(…)” (artículo 21). “Los transportistas y los distribuidores efectuarán el mantenimiento de sus instalaciones en forma de asegurar un servicio adecuado a los usuarios.” (artículo 27).

¿Claro, no? Es decir, está el derecho a que presten el servicio, según los estándares de calidad que se fijan en la concesión. La contracara de este derecho, es la obligación de la empresa. Si la incumple, hay acción para pedir que lo hagan y para que desembolsen una multa a favor del usuario, y una indemnización si hubo daños.

¿Cómo pedir que tus derechos como usuario del servicio de luz se cumplan?

El Reglamento te da la opción de ir directamente al ENRE cuando hay una falta de suministro, usualmente mayor a tres minutos. También podés elegir presentar la nota a la distribuidora. En ambos casos, detallando la deficiencia en el servicio y los daños que tuviste (por ejemplo, si tenías un evento y tuviste que alquilar un salón por la falta de luz).

Si bien lo podés hacer por teléfono, o incluso por SMS, es mejor que te quede una constancia del reclamo y de que lo recibieron. Tanto el ENRE como la distribuidora están obligados a darte un número de reclamo. Si no lo hacen, les enviás la misma nota por carta documento, aclarando que no recibieron tu reclamo o que la demora era tal que te ves obligado a hacerlo por esta vía. Todos los datos para contactarse deben estar en la factura.

Tenés derecho a recibir una atención comercial satisfactoria, personalizada y que te evite la pérdida de tiempo (artículo 4, subanexo 4 del contrato de concesión de EdeSur). Si advertís que para reclamar esto se incumple, también dejalo asentado en la nota. Si la distribuidora no te responde por escrito en 15 días hábiles, podés ir al ENRE e iniciar el reclamo allí (acordate de llevar el número de reclamo original).

Por el corte, está el derecho de tener un descuento en la factura

Por un lado, hay multas previstas a favor del usuario, según lo muestra este gráfico:

ENRE
Por otro lado, y como vía no excluyente, por los daños y perjuicios la Corte Suprema de Justicia dijo que la responsabilidad de las empresas no se limita a las multas previstas en el contrato de concesión, sino que además se pueden reclamar los daños y perjuicios.

En un caso reciente, a “El kiosco de los pibes” se le cortó la luz. Además de la multa del ENRE, jueces ordenaron a Edenor pagarle $5.000 + intereses y gastos. Entre ellos puede estar el lucro cesante, la pérdida de mercadería y el daño moral por no poder abrir y trabajar. Si el corte fue por tarea de mantenimiento, deben avisar con suficiente antelación, o también indemnizan.

Para reclamar otra cosas que no sean descuentos y bonus en la factura, habría que iniciar una acción judicial, con mediación previa, según el caso (caso “Ángel Estrada”, del 2005; en otras palabras, según la Corte, no le podés pedir al ENRE que le ordene a la empresa que te repare los perjuicios, pero sí que aplique las multas que correspondan. Igual los daños los podés reclamar, pero por la vía judicial). Por esa misma vía se podría reclamar, también, por artefactos quemados, lucro cesante (local cerrado), pérdida de mercadería, etc. aunque se puede intentar un reclamo administrativo y quizás funcione. Es muy importante la prueba de esos daños (ej. facturas, testigos, etc.). Si en la mediación no hay acuerdo, es necesario ir a la vía judicial.

Igual, un fallo plenario de la Cámara Federal permite que el ENRE fije la indemnización por los electrodomésticos quemados. Es un trámite express ante ese organismo. El ENRE debe citar a la compañía distribuidora, producir la prueba que vos presentes en la nota y después resolver. Lo que resuelva se asienta en una resolución que te deben notificar. Si no estás conforme, podés apelar esa resolución. Hay un recurso de “reconsideración” ante el mismo ENRE, guarda que tenés 10 días para presentarlo. Y después de eso, hay un recurso (“de alzada”) que resuelve la Secretaría de Energía. Si seguís disconforme con la respuesta que te dan, se puede ir al poder judicial.

Así lo hicimos, en su momento, en la nota de reclamo que podés ver acá (como siempre, ver Aviso Legal, arriba).

El ENRE está en Suipacha 615, de Lunes a Viernes de 9:00 a 18:00 hs., Ciudad de Buenos Aires o en la Calle 5 N° 929, Ciudad de La Plata, de Lunes a Viernes de 9:00 a 16:00 hs, 0-800-333-3000, www.enre.gov.ar. Me consta que en el ENRE hay técnicos de primer nivel, varias fuentes me confirmaron esto. Es importante hacer el reclamo para que puedan intimar a las empresas. Ver más acá y acá. Acá una nota con algunas pautas para reclamar en la Ciudad de Buenos Aires: http://legales.iprofesional.com/notas/130896-Insolito-les-cortaron-la-luz-y-ahora-seran-resarcidos-por-dano-moral Acá algo más sobre cómo es el procedimiento (ver especialmente la página 24 y siguientes). Sea cual fuere la forma del reclamo, tenés derecho a ver el expediente que después se arme, y preguntar en qué está, qué pasa. También dar aviso al Ministerio de Planificación: 4390-9500 o 4349-8487 / 7205 o por Twitter .

Cuando el corte es prolongado, por ser un servicio público, debería proveerse un generador.

Actualización de noviembre de 2014: Aparte, el Ministerio de Planificación Federal habilitó ciertos teléfonos para informar cortes (ver abajo). Parece que solo monitorean en tiempo real a grandes usuarios pero precisan que la gente les informe del corte para tener constancia. Por eso, cuando llamé a prensa no habían dado esa información, y después aclararon: “No existe un tablero donde están los usuarios y se prenden y apagan luces para saber donde hay cortes“, informó dicho Ministerio a Derecho En Zapatillas.

Otra fuente informó que hace unos años Cammesa instaló módulos(técnicamente, ‘Riks’ que le informan el consumo en las empresas y les permite ‘bajar la palanca’.” Agregó que tanto el Ente Regulador como el Ministerio “sí saben de los grandes, en tiempo real, cuanto consumís. Es mas facil apagar Ford y no dejar a Villa Urquiza sin luz.”

En cuanto al subte, Derecho En Zapatillas conversó con una fuente experimentada del sector: Por el corte de luz, hubo una evacuación normal. Sin embargo, la empresa no comunica en forma adecuada que es una forma segura de salir. Falta cierta contención, y la gente reclamó por tener que salir a las vías sin saber mucho.

Equipos quemados, por alta o baja tensión

Ha pasado que, por un pico de tensión, se queme algún artefacto eléctrico de la casa o comercio. Lo importante en estos casos es probar ese daño al televisor, o heladera, por ejemplo, y que fue causado por el pico de tensión que provocó la distribuidora de energía (Edenor, Edesur, Edelap o la que tengas).

Lo primero es ir a la empresa, personalmente o enviando una carta documento. Adjunto una carta que en su momento se envió para un reclamo, acá. (Cambié los nombres, etc., como siempre, ver Aviso Legal arriba sobre las condiciones). Hay que detallar bien la fecha en que ocurrió, hechos, y una descripción precisa de los daños y presupuestos, ultra detallados, de reparación o reposición. Si se trata de una PC, la descripción debería ser más detallada parece, ver acá. Si se trata del PC (Partido Comunista) se dirigirán al soviet edenorovich.

La empresa debe responderte por escrito dentro de los 15 días hábiles. Si no lo hace, o no estás conforme con su respuesta, podés ir al Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), o enviarles una carta, direcciones abajo. Esto para que aplique una multa a favor tuyo, como penalidad. El formulario de reclamo para cuando te toque ir al ENRE es este, al que aparte le podrías adjuntar la nota anterior.

Por los perjuicios y daños sufridos, además, tenés derecho a ir a la justicia (según dijo la Corte Suprema en el caso “Estrada”) y pedir una indemnización o resarcimiento por el corte de luz. Para eso, hay una mediación previa y luego habría que redactar una demanda si no se llega a una acuerdo. Igual, la carta documento de arriba podría servir como paso previo para comunicar el daño, negociar y quizás llegar a un acuerdo…

Acá un caso que terminó con una sentencia favorable al usuario: http://www.adelaprat.com/2012/01/defensa-del-consumidor-la-justicia-responsabilizo-a-edenor-s-a-por-el-dano-emergente-y-el-dano-moral-en-un-caso-de-sobretension-imputable-a-deficiente-calidad-tecnica-del-suministro-que-dano-electro/ y acá cuento un poco más sobre el mercado eléctrico en Argentina y por qué hay cortes de luz: http://www.derechoenzapatillas.org/2013/corte-de-luz-por-que-se-corta-la-luz/ 

Recientemente, la Cámara Federal admitió la indemnización de una empresa textil que no pudo operar debido a un corte de luz. Podés leer la sentencia del caso idet-srl-c.-edesur-s.a.-s.-danos-y-perjuicios haciendo click en el link.

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Algunas fuentes, además de las citadas: Argentina.gob.ar (trámites)  y “Manual de Ciudadanía Activa”

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