Además, rechazó los recursos de los defensores de Julio César Rotela, Rosa Gisela «La Gorda Rosita» Pistillo, Enrique Alberto «Baty» Báez y David Esteban «Chaca» Pereyra, y confirmó en estos cuatro casos la prisión perpetua.
En cambio, redujo a 15 años de cárcel la condena a perpetua que se le había impuesto al «arrepentido» Marcelo «Chelo» Cejas, cuya confesión permitió esclarecer el hecho.
También fue confirmada la condena a 10 años de prisión de Lauro Shimabukuro, quien según la sentencia no participó del homicidio, triplemente calificado por ensañamiento, y alevosía y el número de personas que habrían intervenido.
Los defensores habían impugnado, por «arbitraria» la sentencia dictada en noviembre de 2007 por el Tribunal Oral Federal de La Plata y por mendaces los dichos de Cejas. La Sala II de la Cámara Nacional de Casación sostuvo que el relato de Cejas fue corroborado por otros elementos de prueba reunidos durante la instrucción del sumario por el secuestro.
Los camaristas Gustavo Mitchell, Luis García y Guillermo Yacobucci no encontraron falsedades en los dichos de Cejas, pero solo los dos último -que formaron mayoría en este punto- votaron por la reducción de la pena, que permitiría la próxima libertad del condenado.