Aumento del 33% para personal doméstico

  personal-doméstico Según la resolución de estas paritarias, el Boletín Oficial publicó la nueva escala salarial. El 18 por ciento de la primera cuota del sueldo que rige desde junio impacta en este primer medio aguinaldo, mientras que la segunda cuota del 15% se aplicará a partir del 1° de diciembre, por lo cual también influirá pero en el segundo medio aguinaldo.

El Boletín Oficial difundió este lunes las nuevas escalas oficiales del aumento salarial del 33 por ciento anual para el personal doméstico de todo el país, firmado el 24 de junio pasado en el Ministerio de Trabajo de la Nación en el marco de la paritaria de la actividad.

La resolución de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares de la cartera laboral divide en dos rubros las escalas de la misma manera en que fueron otorgados los incrementos salariales.

El primero de ellos corresponde al 18 por ciento de la primera cuota del incremento salarial que rige desde junio, por lo cual impacta en este primer medio aguinaldo, mientras que la segunda cuota del 15 por ciento se aplicará a partir del 1° de diciembre, por lo cual también influirá pero en el segundo medio aguinaldo del año.

Los trabajadores de las provincias patagónicas de Chubut, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz y Tierra del Fuego cobrarán un adicional de 15 por ciento al fijado en las tablas oficiales de ambos rubros.

La suba salarial del 33 por ciento no acumulativo acordada en junio último, fue adelantada en tres meses por el Ministerio de Trabajo ante un pedido efectuado por los gremios del sector por el deterioro del poder adquisitivo de los trabajadores.

El acuerdo paritario firmado el año pasado vencía recién en septiembre próximo, pero la cartera que encabeza el ministro, Jorge Triaca accedió a los reclamos formulados por los gremios, por lo cual el convenio regirá entre el 1° junio de este año y el 31 de mayo de 2017.

Detalles
El aumento salarial de 2015 había alcanzado al 28 por ciento anual y es la primera paritaria de la historia para el personal doméstico, ya que las anteriores subas de los sueldos para esta actividad eran fijados en forma unilateral por el Ministerio de Trabajo.

De esta manera, quienes figuran en la quinta categoría del convenio como Personal para tareas generales por 8 horas de trabajo diario y con retiro pasarán a cobrar $6322,50 desde junio y $51 la hora.

Mientras que en la misma categoría pero sin retiro el nuevo sueldo será de $7030,50 y la hora de $54,50. La primera categoría corresponde a las supervisoras, quienes con retiro desde junio cobrarán un sueldo mínimo de $7756,50 y la hora con retiro $61,50.

En tanto, para la misma categoría pero sin retiro los montos serán de $8640 y $67,50, respectivamente. En el segundo rango se fijan las remuneraciones mínimas para el Personal para tareas específicas, que contempla a los cocineros/as.

Para los contratados con retiro tendrán un sueldo desde junio de $7206,50 y un valor hora de $58 y sin retiro cobrarán mensualmente $8.022 y por hora $64. La tercera categoría pertenece a los caseros que por sus tareas inherentes trabajan sin retiro cobrarán por mes $7030,50 y por hora $54,50.

Por último y respecto del aumento de junio, la cuarta categoría incluye al personal no terapéutico que atiende a personas enfermas, con discapacidad, a niños y a adultos mayores.

El sueldo con retiro fue fijado para junio en $7030,50 y la hora en $54,50, mientras que para el mismo nivel pero sin retiro será, respectivamente, de $7835,50 y $61,50.

El segundo rubro se refiere a los sueldos que deben abonarse  a partir del 1° de diciembre próximo y que establecen que la primera categoría cobrará por mes $9738,50 (sin retiro) y $8742,50 (con retiro), en tanto que la hora será de $69,50 (con retiro) y $76 (sin retiro).

Los montos de la segunda categoría fueron fijados por mes en $9041,50 (sin retiro) y $8122,50 (con retiro) y por hora $72 (sin retiro) y $65,50 (con retiro).El sueldo de la tercera categoría ascenderá en diciembre a $7924,50 y la hora a $61,50 sólo sin retiro, porque la misma modalidad del trabajo del casero así lo define.

En tanto, el salario de la cuarta categoría será de $8831,50 (sin retiro) y por hora $69,50 (sin retiro) y, respectivamente pero con retiro fue fijado en $7924,50 y $61,50.

Finalmente, las remuneraciones mínimas mensuales que cobrarán las empleadas domésticas (quinta categoría) serán de $7924,50 (sin retiro) y $7126,50 (con retiro), mientras que la hora será de $61,50 (sin retiro) y $57,50 (con retiro).

El acuerdo suscripto durante un encuentro presidido por la subsecretaria de Relaciones Laborales, Silvia Squire, contó, además, con la participación de representantes de los siete gremios del sector, las dos asociaciones civiles empleadoras y funcionarios de los ministerios de Desarrollo Social, Economía y Trabajo.

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