Severas multas a quienes viajen con porta macotas en los paragolpez

0012021434La Ley Nacional de Tránsito establece que no puede haber ningún elemento que sobresalga de la parte trasera ni frontal del vehículo. Randazzo calificó de «crueldad» a la modalidad e instruyó profundizar los controles.

Tras la polémica que se generó en las redes sociales por mascotas que viajan en jaulas enganchadas a los paragolpes de los vehículos de turistas, el ministro de Interior y Transporte, Florencio Randazzo, calificó a la modalidad como «un acto de crueldad con los animales» y dijo que habrá sanciones.

«En los puestos de control que hemos desplegado en las principales rutas y ciudades turísticas en el marco del Operativo Verano 2015, los efectivos de la Agencia tienen la orden de actuar ante la presencia de conductores que transporten sus mascotas con esta modalidad», afirmó Randazzo.

Randazzo explicó que «si bien la ley de tránsito no prevé este tipo de situaciones específicas con animales», los que realicen estas prácticas serán sancionados con la aplicación del artículo 48 incisos q) e y), de la ley de Tránsito, referidos a la presencia de objetos que superen la medida de los paragolpes.

«La multa va desde los 1.750 a los 6.000 pesos según cada caso», indicó Randazzo, de quien depende la Agencia Nacional de Seguridad Vial. El funcionario recordó que «para llevar mascotas en el vehículo se recomienda ubicarlas en el interior del habitáculo, en una jaula o con un arnés, ubicados en el asiento trasero, y debidamente sujetos con el cinturón de seguridad».

Por su parte, el vocero de Vialidad Nacional, Ernesto Arriaga, dio a Infobae más precisiones sobre lo establecido por la ley. Establece que «no puede haber ningún elemento que sobresalga de la parte trasera ni frontal del vehículo, lo que implica altas multas y el secuestro de vehículo». Además, supone un alto riesgo de vida para las mascotas que, por ley, deben ir amarradas con arnés al cinturón de seguridad del asiento trasero o, si no, en vehículos especiales que funcionan como transporte para mascotas.

«El arnés se vende en la veterinaria y cuesta entre 250 y 300 pesos. Es una locura que la gente lleve a los animales de esa manera infringiendo la ley de tránsito. No solo que eso tapa las luces, sino además la patente, sin contar el riesgo que supone para el animal que viaja allí adentro», lamentó.

En tanto, Vialidad Nacional difundió un comunicado en el que explica que «llevar animales sueltos en un auto puede ser fatal: al igual que ocurre con los objetos sueltos, transportarlos sin la debida sujeción los convierte en una masa que multiplica su peso de manera exponencial, por efecto de la velocidad».

Al respecto, el director ejecutivo de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), Felipe Rodríguez Laguens, señaló que «lo indicado para llevar mascotas en el vehículo es ubicarlas en el interior del habitáculo, en el asiento trasero y debidamente sujetas con su arnés o sistema de retención correspondiente». El titular del organismo ejemplificó: «Un impacto a 60 km/h convierte un objeto de 23 kilogramos en una masa de 1.400 kg».

Qué dice la Ley de Tránsito

Artículo 48 — Prohibiciones. Está prohibido en la vía pública:

q) Transportar cualquier carga o elemento que perturbe la visibilidad, afecte peligrosamente las condiciones aerodinámicas del vehículo, oculte luces o indicadores o sobresalga de los límites permitidos;

y) Circular con vehículos que posean defensas delanteras y/o traseras, enganches sobresalientes, o cualquier otro elemento que, excediendo los límites de los paragolpes o laterales de la carrocería, pueden ser potencialmente peligrosos para el resto de los usuarios de la vía pública.

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